Servicio de prevención de riesgos laborales
Los servicios a realizar por Previnco, S.L.L. serán los necesarios para actuar como Servicio de Prevención Ajeno en las siguientes especialidades:
- Seguridad en el Trabajo.
- Higiene Industrial.
- Ergonomía y Psicosociología Aplicada.
- Vigilancia de la salud.
ACTIVIDADES GENERALES PARA TODAS LAS ESPECIALIDADES TÉCNICAS
- Asesoramiento en el diseño e implantación de un Plan de Prevención.
- Evaluación inicial de los factores de riesgo. Revisión y actualización de la evaluación de riesgos.
- Evaluación de riesgos laborales para trabajadores especialmente sensibles.
- Planificación de la actividad preventiva. Planes y programas anuales de actuación.
- Valoración de la efectividad de la integración de las medidas preventivas.
- Seguimiento de las actividades preventivas planificadas.
- Información y formación a los trabajadores según legislación vigente.
- Investigación y análisis de los accidentes de trabajo y enfermedades profesionales notificados.
- Elaboración y registro de la documentación establecida por la legislación vigente.
- Asesoramiento a la subcontratación en obras de construcción según Ley 32/2006 de 18 de octubre.
- Seguimiento de las medidas preventivas planificadas de acuerdo con los Planes de Seguridad y Salud correspondientes a cada obra en concreto, según RD 1627/97 de 24 de octubre.
- Asesoramiento en la elaboración de la documentación en materia preventiva a presentar en las obras de construcción.
- Medidas de actuación en caso de emergencia.
- Coordinación de actividades empresariales según el R.D. 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
ACTIVIDADES ESPECÍFICAS. Especialidad de SEGURIDAD EN EL TRABAJO
- Elaboración de estudios o evaluaciones de riesgos laborales específicas en Seguridad en el Trabajo.
- Evaluación de los factores de riesgos derivados de las condiciones generales de los lugares de trabajo, locales y las instalaciones de servicio y protección. Propuesta de medidas correctoras.
- Evaluación de los factores de riesgos en máquinas, equipos e instalaciones comunicados y propuesta de medidas correctoras.
- Elaboración de Medidas de Emergencia.
ACTIVIDADES ESPECÍFICAS. HIGIENE INDUSTRIAL
- Evaluación de riesgos laborales específicos de Higiene Industrial. Propuesta de medidas correctoras.
- Medición de contaminantes físicos.
- Medición de contaminantes químicos.
- Medición de contaminantes biológicos.
- Estudios específicos de Higiene Industrial.
PREVINCO ACTIVIDADES ESPECÍFICAS. ERGONOMÍA Y PSICOSOCIOLOGÍA APLICADA
- Evaluación de riesgos laborales específicos de Ergonomía y Psicosociología aplicada. Propuesta de medidas correctoras.
- Estudios especificos ergonómicos del puesto de trabajo.
- Estudios específicos de carga de trabajo y fatiga.
- Mediciones de luz y temperatura.
- Otros factores ambientales.
- Estudios específicos de factores psicosociales y organizativos.
ACTIVIDADES A REALIZAR EN LA CONCERTACIÓN DE LA VIGILANCIA DE LA SALUD.
- Planificación de la acción preventiva en Vigilancia de la Salud.
- Diseño y coordinación de Reconocimientos Médicos Preventivos, según los riesgos inherentes al trabajo (iniciales, periódicos, tras baja prolongada, post-laborales,…).
- Diseño y coordinación de Reconocimientos Médicos Especiales (protocolos: Cardiovascular, Oftalmológico, Urológico, etc.).
- Realización de Reconocimientos Médicos específicos.
- Asesoramiento para la protección de trabajadores especialmente sensibles.
- Notificación e investigación de las enfermedades profesionales.
- Control e investigación de la accidentalidad.
- Estudios y vigilancia epidemiológica.
- Formación e información en salud laboral.
- Asesoramiento en la adquisición de bienes y servicios en temas de Salud Laboral.
- Coordinación de medidas y campañas de Prevención Sanitaria.
- Elaboración de la documentación necesaria.
- Recogida de toda la información referente a la salud de los trabajadores y su puesta a disposición de la Autoridad Laboral cuando se requiera y custodiada conforme a lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley PRL 31/95 garantizando la confidencialidad de los datos requerida por la Ley Orgánica de Protección de Datos 15/99.